Es cierto que en Costa Rica los medicamentos son muy caros. La preocupación del Poder Ejecutivo ha sido legítima. También lo fue la del proyecto de ley para promover la competencia en el mercado de medicamentos que terminó convertido en ley.
Dicho eso, una cosa es reconocer el problema y otra muy distinta es aceptar cualquier remedio. Veamos. Durante el trámite legislativo, la consulta de constitucionalidad planteada por varios diputados de la Asamblea pasada fue, en lo relativo a fijación de precios, muy flojita. Atacó la regulación de precios casi como si bastara con decir “esto restringe libertad de comercio” para activar una alarma constitucional. No fue al meollo del asunto. No preguntó con precisión por los límites estrictos de esa potestad para regular precios. No desarrolló seriamente la excepcionalidad, la temporalidad, la última ratio ni la carga de demostrar las distorciones reales de mercado. Mezcló objeciones de técnica legislativa, conveniencia económica y diseño institucional con alegatos constitucionales que quedaron flojos. Así, la Sala hizo lo que suele hacer cuando recibe una mala pregunta: contestó en abstracto y por arriba.
El resultado fue una resolución incompleta. Sí, la Sala tenía base, usando su propia jurisprudencia, para recordar que en Costa Rica la libertad económica no es absoluta y que el Estado puede intervenir en precios. Lo que quedó corto fue el otro lado de la ecuación: en Costa Rica, por mandato legal, la regulación de precios es excepcional y temporal, no la regla. Y no lo es por capricho ideológico. Lo es porque el precio no es solo un número en una etiqueta. El precio transmite escasez, organiza inventarios, sostiene márgenes mínimos para importar, distribuir y vender, y manda señales para que un actor entre o salga del mercado. Cuando el regulador aplasta esa señal sin entender la cadena real, puede ganar un aplauso político de corto plazo y sembrar un desabasto de mediano plazo.
De hecho, el propio enfoque técnico reciente del MEIC va en esa dirección. Un borrador de decreto sometido a consulta pública en abril de 2026 parte de una premisa relevante: la principal distorsión se concentraría en el eslabón mayorista, no necesariamente en el minorista, y por eso estructura la intervención alrededor del precio máximo de importación, el precio de compra mayorista, márgenes y una vigencia temporal de seis meses. Es decir, incluso dentro del Ejecutivo hay una admisión implícita de que el problema no se resuelve con brochazos, sino identificando dónde está la anormalidad real.
Esto importa mucho. Porque la Sala invocó el derecho a la salud para justificar la intervención, pero analizó esa misma salud de manera incompleta. La salud no se protege solo bajando un precio en abstracto. También se protege asegurando la disponibilidad, continuidad de suministro, variedad terapéutica y entrada oportuna de productos. Europa hoy está corrigiendo precisamente ese error. La Comisión Europea presentó su Critical Medicines Act y pidió dejar de adjudicar compras de genéricos únicamente por precio, porque esa lógica terminó debilitando la producción. Y la Corte de Cuentas Europea advirtió que entre enero de 2022 y octubre de 2024 los países de la UE enfrentaron escasez aguda de 136 medicamentos. No es teoría. Es un ejemplo claro de quienes en algún momento justificaron la intervención en el mercado por medios regulatorios.
Lo mismo pasa en otros mercados. En el Reino Unido, el gremio Medicines UK advirtió en marzo de 2026 que el sistema estaba “a un paso” de problemas de abastecimiento porque la mayor parte de los genéricos del NHS por disposición legal se venden a menos de £1 por mes y los costos logísticos estaban exprimiendo márgenes ya muy reducidos. En Estados Unidos, el primer trimestre de 2024 cerró con 323 medicamentos en escasez activa, un récord histórico, afectando sobre todo genéricos baratos, incluidos oncológicos inyectables. Y cuando Washington amagó con aranceles al sector, la advertencia fue inmediata: los fabricantes de genéricos de bajo margen podían dejar de producir líneas que se volvieran inviables. Otra vez, el punto no es altruista. Es económico y es básico: Cuando el margen desaparece, el producto desaparece con él.
Por eso me parece superficial decir que, como la Sala validó la potestad de intervención del mercado, el tema quedó resuelto. No. Lo que quedó resuelto fue algo mucho más estrecho: que el Estado «puede» (no que daba) intervenir. La discusión de verdad era otra: cuándo, por cuánto tiempo, con qué evidencia, en qué eslabón de la cadena, con qué salvaguardas y con qué plan de salida. Ahí la resolución no hizo el trabajo completo. Y eso tiene consecuencias.
La más seria es el riesgo de desabasto. Costa Rica, digámoslo CLARAMENTE no mueve la aguja del mercado farmacéutico global. El comercio mundial de productos farmacéuticos rondó los US$929 mil millones en 2024. Costa Rica tiene poco más de 5,2 millones de habitantes y un mercado de cientos de millones de dólares, que son como el vuelto del vuelto del mercado global. En una industria de esa escala, para un laboratorio internacional dejar de servir un mercado tan pequeño probablemente sea mucho más fácil que aceptar una estructura de precios que considere inviable, sobre todo si aquí no se produce innovación farmacéutica sino que se importa.
Entonces, ¿qué deberíamos hacer si de verdad queremos medicamentos más baratos sin pegarnos un tiro en el pie? Primero, acelerar de verdad la entrada de competencia. Registro por homologación (lo cual quedó tímidamente regulado en la ley ya que le confiere mucha discrecionalidad al MINSA), reducción de trabas inútiles, bioequivalencia bien aplicada y sustitución efectiva de genéricos cuando corresponda. Segundo, abrir la puerta a más genéricos en serio. Tercero, perseguir activamente las prácticas que violentan competencia. Cuarto, enfocar la regulación donde esté la distorsión comprobada en la cadena. Si el problema está en el eslabón mayorista, entonces el bisturí debe entrar ahí.
En mercados complejos como el de medicamentos, regular a sin técnica y por impulso político sale caro. A veces en plata. Y a veces en algo peor: pacientes que sí tenían una receta, pero ya no tienen el medicamento.
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